En ocasiones, resulta inviable que los herederos lleguen a un acuerdo sobre cómo llevar a cabo la partición de la herencia. Para esta situación, el derecho civil plantea una solución fuera de la vía judicial: la partición por mayoría.
Se trata de un procedimiento que establece que los herederos que representen una cuota de más de la mitad del haber partible, y sean al menos dos, podrán promover ante notario la partición de la herencia sin necesidad de acudir a la vía judicial, todo ello recogido por el artículo 295 LDCG.
Desde nuestro despacho de abogados, recomendamos esta solución para facilitar el reparto de la herencia sin tener que recurrir a largos procedimientos judiciales, reduciendo no solo el tiempo de gestión, sino también los costes asociados.